Artículo 28 RGPD

Acuerdo de encargo de tratamiento

Versión 2026-06-07

Partes y funciones

La empresa cliente actúa como responsable y Armengol.dev SLU como encargado para los datos laborales tratados en Klock.

B02904713 · C/ Olesa 37, 08027 Barcelona · legal@armengol.dev

Objeto y duración

El encargo cubre la prestación, seguridad, soporte y mantenimiento del registro horario durante la relación contractual y el periodo acordado de devolución o eliminación.

Instrucciones y confidencialidad

El encargado tratará los datos únicamente siguiendo instrucciones documentadas, informará si considera que una instrucción infringe la normativa y garantizará la confidencialidad de las personas autorizadas.

Seguridad

El encargado aplicará medidas apropiadas, incluido aislamiento por empresa, control de acceso, cifrado en tránsito, contraseñas protegidas, auditoría, copias recuperables y gestión de incidentes.

Asistencia y brechas

El encargado ayudará al responsable con derechos, evaluaciones y consultas, notificará las brechas sin dilación indebida y facilitará información para demostrar el cumplimiento y realizar auditorías razonables.

Subencargados

La empresa autoriza con carácter general los subencargados incluidos en el registro vigente. Klock informará de cambios materiales e impondrá obligaciones equivalentes.

Finalización

Al finalizar el servicio, los datos se devolverán o eliminarán según lo acordado, salvo conservación exigida por ley. Las copias residuales seguirán protegidas hasta su eliminación programada.

Volver al alta